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Pesaje
Referencia :
5.0
5. PESAJE
5.1. Requisitos para el pesaje
5.1.1. El pescado debe ser pesado por una autoridad o juez de pesaje deportivo (si hay uno disponible), por un representante de ESRA o por una persona reconocida y familiarizada con la báscula -un comerciante- descrita en el formulario de solicitud de ESRA.
La asociación recomienda que los solicitantes utilicen testigos sin interés en el peso de la captura, siempre que sea posible. Se deben tomar fotografías y videos durante los procedimientos del pesaje.
5.1.2. El pescado debe estar limpio al pesarlo, sin arena ni suciedad.
5.1.3. Se puede cerrar la boca para evitar que se salga el contenido del tubo digestivo. Si el contenido se cae accidentalmente, no se puede reemplazar.
5.1.4. El pescado puede congelarse antes de pesarlo. Si aún está congelado durante el pesaje, se debe quitar el hielo adherido.
5.1.5. El peso del cabo o la cuerda (si se utiliza para asegurar que el pescador cierre la boca) debe restarse del peso total.
5.1.6. Solo se aceptarán los pesos indicados a la vista de las marcas de la escala.
5.1.7. Los peces de registro deben pesarse en balanzas de precisión que hayan sido verificadas por parte de agencias de la administración gubernamental u otras organizaciones calificadas y acreditadas. Todas las básculas deben ser revisadas regularmente para verificar su precisión o certificadas dentro de las dos semanas posteriores al pesaje. Cada solicitud debe incluir una imagen de cerca del sello de certificación en la escala o documentos de la agencia certificadora que muestren la última fecha de certificación. Cuando la certificación de la báscula no tiene un límite válido, debe estar vigente dentro de los 12 meses. ESRA hará las correcciones de peso necesarias de acuerdo con los errores de la báscula (si tuvieran) indicados en los documentos de certificación de la báscula.
5.1.8. Cuando no sea posible pesar el pescado con una balanza calibrada, ESRA aceptará "verificación cruzada" del peso.
En este caso, al pesar el pez, el buceador también debe pesar un objeto sólido y estable (como un cinturón de buceo o una o más piedras) y conservar ese "objeto testigo" para una posterior confirmación con una balanza calibrada.
Este objeto o grupo de objetos debe estar lo más cerca posible del peso del pescado, no más ni menos del 20% de diferencia con el peso del pescado. Por ejemplo, para un pez de 10 kg, el objeto debe pesar menos de 8 kg y no más de 12 kg. Para utilizar el método de "verificación cruzada", ambos pesos se deben verificar en un plazo de dos semanas o menos.
El pescador también debe explicar por qué no se pesó la captura con una balanza calibrada. Después de verificar el peso del objeto testigo en una balanza calibrada, la diferencia de peso se aplicará proporcionalmente para obtener el peso oficial del pez.
Por ejemplo: Durante el primer pesaje, el pescado pesaba 8.550 kg y el "objeto testigo" pesaba 9.200 kg. Cuando se pesó en una balanza calibrada, el "objeto testigo" pesó 9.650 kg. El cálculo de la "regla de tres" se aplica para el siguiente resultado: 9,650 x 8,550: 9,200 = 8,968. El peso oficial de los peces será de 8,960 kg. Si fuera necesario redondear, el peso siempre debe redondearse al valor más bajo.
5.1.9. Cuando una captura no puede pesarse en tierra y debe pesarse en el mar, o cuando el pescado se pesa con una balanza colgante no fija, el solicitante y al menos un testigo deben presentar una breve declaración que describa los márgenes de máxima y mínima de indicada en la balanza. (Si hay alguna). Si no hay movimiento, eso también debe decirse. Se debe tomar una foto o video mostrando el peso mínimo y máximo registrado. Cualquier peso que se encuentre entre dos graduaciones debe redondearse al peso más bajo.
5.1.10. Solo se aceptarán imágenes o videos que muestren el pescado completo y la escala. No se aceptará ninguna solicitud sin las declaraciones solicitadas.
5.2. Requisitos de peso para un nuevo récord.
5.2.1. Para reemplazar un récord para un pez que pesa menos de 10 kg, el reemplazo debe pesar al menos 50 gr más que el récord existente.
5.2.2. Para reemplazar un registro de un pez que pesa 10 kg o más, el reemplazo debe pesar un cinco por ciento (0,5%) más que el registro anterior.
Por ejemplo, para que un pez de 20,210 kg supere un récord actual, debe pesar 1,011 kg más que el récord existente.
5.2.3. Cualquier captura que iguale el peso de un récord existente o exceda el peso por menos de la cantidad requerida se considerará un empate y no romperá el récord. ESRA no considerará ninguna captura que pese menos que el récord actual.
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